LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

Se torna actualmente cuando se ha generado un conflicto colectivo. Si no hay conflicto, como es obvio no puede haber negociación colectiva. Esta es una actuación  concertada entre empleadores y colaboradores representados por un sindicato para dialogar las solicitudes contenidas en un pliego de peticiones para mejorar las condiciones de trabajo. El régimen legal de la negociación colectiva en Colombia es uno de los más caracterizados en materia de reglamentación por abarcar la generalidad de las materias que lo integran. El derecho a la negociación colectiva ostenta rango constitucional, está consagrado en el artículo 55 de la constitución política lo cual termina siendo inocuo porque la legislación existente que mantiene la tendencia darle un tratamiento de simple mecanismo procedimental y no el alcance que todos quisiéramos.







Comentarios

  1. La negociación colectiva se desarrolla entre los colaboradores de una organización, habitualmente (aunque no siempre) conformados a través de un sindicato o asociación de sindicatos y la organización o delegados de organizaciones del departamento. El propósito de la negociación es lograr a un convenio o dialogo social en cuanto a las condiciones gremiales adaptables a la generalidad de los colaboradores del ámbito en el que se circunscribe la negociación (contrato o convenio colectivo de colaboradores).En ocasiones, como medida de presión para la negociación y para hacer cumplir los acuerdos cuando consideran que no han sido cumplidos, los colaboradores pueden acudir a la huelga.

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